Reglas 2025: El nuevo control a las importaciones simplificadas

Las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 redefinen las reglas del juego para las importaciones simplificadas, priorizando la igualdad tributaria y el fortalecimiento del mercado nacional.

 

Por Carlos Arévalo, Director de Consultoría Internacional y Litigio en DICEX Consultores / Mexbuy 

Las autoridades mexicanas han detectado abusos en la aplicación del régimen simplificado de importación de mercancías por empresas de mensajería, generando un perjuicio al Fisco Federal, incertidumbre a los consumidores y una situación de desigualdad tributaria y regulatoria para quienes comercializan mercancía en el mercado nacional. La inminente reforma es ahora una realidad, ya que con la publicación de las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 el pasado 30 de diciembre de 2024, encontramos cambios importantes en el marco regulatorio del comercio electrónico internacional que afectarán a todos los actores del comercio internacional que hacen negocios en México (vendedores, compradores y prestadores de servicios por igual). Por lo tanto, es importante analizar su alcance para implementar los cambios operativos y comerciales necesarios que mantengan el flujo comercial de productos bajo esta modalidad crucial para el crecimiento del comercio electrónico internacional en México.

En 2024, diversos anteproyectos y el criterio normativo 2/LA/NV dejaron claro que se avecinaban cambios al marco regulatorio del comercio electrónico internacional en México, apuntando a prácticas como la subvaluación y manipulación de envíos desde países como China. La Secretaría de Economía buscó eliminar excepciones al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas en las importaciones simplificadas, mientras que el SAT, con las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, concretó modificaciones significativas para garantizar la protección al consumidor y combatir irregularidades en el régimen de importación simplificada utilizado por el comercio electrónico.

 

Los cambios más relevantes en el régimen simplificado

Entre los cambios más destacados que entraron en vigor el 1 de enero de 2025 se encuentran:

  1. Eliminación de importaciones simplificadas entre $2,500 y $5,000 dólares: La nueva Regla 3.7.5 establece que las empresas de mensajería y paquetería podrán efectuar el despacho aduanero simplificado únicamente para mercancías cuyo valor en aduana no exceda los $2,500 dólares, eliminando el rango anterior de $2,500 a $5,000 dólares. Esta medida busca evitar abusos y proteger a los comerciantes establecidos en México.
  2. Reducción del límite sin inscripción al Padrón de Importadores: Ahora, los destinatarios no inscritos en el padrón podrán importar mercancías hasta un valor máximo de $1,000 dólares, retornando al umbral previo a la reforma de 2022.
  3. Restricciones a las rutas de envío: Las importaciones simplificadas podrán realizarse únicamente por tráfico aéreo o terrestre. Esto elimina la posibilidad de usar el régimen simplificado para envíos masivos desde China por vía marítima.
  4. Cambios en tasas globales y de minimis: La nueva Regla 3.7.34 redefine las tasas aplicables y conserva el beneficio del de minimis en $50 dólares únicamente para envíos provenientes de Estados Unidos y Canadá.

Tasas globales para importaciones simplificadas

Con base a la nueva regla, los consignatarios o destinatarios de los envíos con valor aduana máximo de $2,500 dólares de los Estados Unidos de América pagarán impuestos con base en las siguientes tasas globales:

 

 

Envíos provenientes de Estados Unidos o Canadá:

Valor en Aduana

Tasa Global

$0.01 a $50.00 USD

Exenta

$50.01 a $117.00 USD

17%

$117.01 a $2,500.00 USD

19%

Envíos provenientes de países miembros del TLCP, PAAP y TIPAT:

Valor en Aduana

Tasa Global

$0.01 a $1.00 USD

Exenta

$1.01 a $2,500.00 USD

19%

Envíos provenientes del resto del mundo:

Valor en Aduana

Tasa Global

$0.01 a $2,500.00 USD

19%

 

 

Es importante aclarar que para la aplicación de estas tasas no es trascendente el país de origen, marcado de origen o país de manufactura. La aplicación de la tasa global dependerá del país de donde proviene el envío, es decir, el país en donde el remitente entregó el paquete a la empresa de mensajería o paquetería para su envío, sin importar las escalas operativas que pudiera tener la ruta para llegar a México.

 

Mayor control sobre empresas de mensajería y paquetería

Las nuevas reglas fortalecen la supervisión de las empresas que operan bajo el régimen simplificado mediante:

  • Renovación de registros: Las empresas deberán tramitar un nuevo registro cada dos años, lo que incrementa la carga regulatoria pero permite un mayor control de cumplimiento por parte de las autoridades.
  • Informes obligatorios: Las empresas deberán otorgar acceso en línea a su sistema de análisis de riesgo tanto a la Dirección General de Investigación Aduanera como a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.
  • Causales de cancelación ampliadas: Ahora, el registro podrá ser cancelado si no se realizan al menos cinco despachos al mes en un periodo de seis meses, o por incumplimiento de obligaciones fiscales.

Sin duda las empresas de mensajería y paquetería deberán ahora reforzar sus programas de cumplimiento ya que ahora será más fácil para la autoridad encontrar una razón para cancelar el registro y será más difícil el poder recuperarlo en caso de una cancelación.

 

Para fomentar la transparencia y combatir la corrupción, las nuevas reglas exigen a la Dirección General Jurídica de Aduanas publicar en el portal de la Agencia Nacional de Aduanas las empresas de mensajería autorizadas para tramitar pedimentos simplificados. En octubre de 2024, solo 18 empresas tenían registro vigente, reflejando mayores requisitos y auditorías recientes; será clave observar si esta lista se reduce aún más este año.

 Entendemos la necesidad de estos cambios y es satisfactorio ver que las autoridades escucharon las opiniones de todos los sectores involucrados antes de publicar una reforma impulsiva, como la que se proponía a mediados del 2024, que sin duda hubiera limitado el comercio electrónico internacional y eliminado lo “simplificado” al régimen de importación que llevan a cabo las empresas de mensajería y paquetería, aunque falta ver todavía qué acciones implementará en paralelo la Secretaría de Economía en cuanto a la exigibilidad de etiquetado de información y Normas Oficiales Mexicanas.

En papel, los cambios implementados mediante las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 limitarán o por lo menos generarán una mayor recaudación en las importaciones simplificadas provenientes de China, sin perjudicar los envíos de nuestros principales socios comerciales de América del Norte, aunque tendremos que esperar por lo menos un año para ver los resultados.

La realidad es que estos cambios siguen siendo un nuevo “parche” a un régimen aduanero que no fue creado para el comercio electrónico internacional directo al consumidor. Esta modalidad de comercio internacional seguirá creciendo y por ende insistimos que México debe crear un régimen aduanero nuevo, que atienda las particularidades de esta modalidad comercio electrónico internacional. Su regulación no debe tener sólo un enfoque proteccionista en operaciones de importación, se necesitan soluciones aduaneras simplificadas y fiscalmente equitativas para los comerciantes nacionales, que permitan atender las nuevas exigencias de costo y rapidez de envío que piden los consumidores.

 El uso de servicios de mensajería o paquetería internacional no es la única solución. Aunque la nueva reforma lo prohíbe expresamente, es momento de pensar en nuevas soluciones aduaneras y logísticas como el uso del recinto fiscalizado estratégico como un punto estratégico de almacenaje, distribución y envío de productos vendidos por medio del comercio electrónico, no sólo para el mercado interno sino para todo el continente americano. La envidiable posición geográfica de México nos obliga a aprovechar esta oportunidad que podría generar empleos y traer grandes beneficios a la economía nacional.